Por Carlos Valdés Martín
La prohibición
por exceso de alcohol nos ha acostumbrado a pensar que las Aseguradoras van a
excluir la cobertura por ebriedad o borrachera extrema, pero ¿qué la cruda o
resaca posterior a la borrachera resulta también un riesgo? Tantas campañas
publicitarias en contra del texting y
utilización de celulares, pero ¿qué con la cruda? En fin, supongo que sabemos hay
accidentes automovilísticos que surgen de cansancio excesivo y por cruda
alcohólica.
El efecto
negativo del alcohol después de una borrachera severa suele minimizarse, como
si el dolor de cabeza, sed o aturdimiento definieran todo el daño. Según información
de estudios en laboratorio o de profesionales médicos las consecuencias de la
resaca son más importantes de lo admitido usualmente.
¿Una resaca influye en tus pensamientos y comportamientos? Una
investigación demuestra que las resacas afectan sobre los procesos cognitivos
esenciales para la vida cotidiana. Hay evidencia de deficiencias en la memoria
(a corto y largo plazo), la capacidad de mantener la atención y psicomotricidad
(relacionada con el manejo).[1]
El deterioro de la atención tras el consumo de alcohol proviene de la fatiga, pero
no exclusivamente. La fatiga afecta la capacidad para mantenerse enfocado y
reduce los "recursos mentales", haciendo que desempeñar tareas sea deficiente.
La atención integra una habilidad clave durante el manejo. Aunque hay pocos
estudios directos sobre este efecto y, en algunos desempeños, no se notó el
deterioro, por ejemplo la velocidad a la que condujeron las personas con resaca
no marcó diferencia. Pero dos estudios descubrieron fallas en la capacidad de un
individuo para manejar durante la resaca, y uno de los estudios comparó el
nivel de deterioro cuando las personas con resaca frente a las personas bajo la
influencia del alcohol. El notorio descubrimiento es que las deficiencias
relacionadas con la conducción relacionada con la resaca son el equivalente a
tener una concentración de alcohol en la sangre de 0,05 a 0,08 por ciento (BAC:
Blod Alcohol Content, en español
Nivel de Alcohol en la Sangre), lo cual empata con los límites de manejo de
bebidas para la mayoría de los países europeos, donde se promedia 0.05 por
ciento BAC y en el Reino Unido es 0.08 por ciento. La conclusión es que las
deficiencias en la conducción por resaca equiparan con el nivel inaceptable por
ley para la intoxicación alcohólica.
Exclusión específica para manejadores
A la fecha, únicamente
para los vehículos comerciales o “pesados” está generalizada la exclusión de
cobertura por alcoholismo. La peligrosidad inherente de los vehículos con
mayores dimensiones y peso, o con la responsabilidad de transportar a grandes
cantidades de pasajeros, ha sido percibida en la suscripción de seguros. Por
ejemplo una exclusión típica señala que la ebriedad o ingesta de drogas cuando
influya directamente en el daño es motivo de exclusión.[2]
¿Y la libertad del conductor alcoholizado?
Otro ejemplo
donde se delimita una situación que surge de la ingesta de alcohol por parte
del conductor es la defensa legal. Recordemos que comprar un seguro no es una
invitación a la irresponsabilidad, por lo que existe una interesante
estipulación donde “La defensa legal no garantiza: 1. La libertad del conductor
ante el Ministerio Público, si conduce bajo los efectos del alcohol o estupefacientes, o si abandona a los
lesionados.”[3] Este
problema ha resultado en casos de colisiones muy graves, cuando un conductor
ebrio conduce a exceso de velocidad, provocando múltiples desgracias.
Agravación de riesgo
El concepto
legal de fondo que manejan este tipo de exclusiones se refieren a la
“agravación de riesgo”, que es un término importante para los seguros. La
“agravación de riesgo” la define la Ley del Contrato de Seguros que procurando
interpretarla en términos accesibles señala que el Asegurado o sus colaboradores
son capaces de incrementar el riesgo amparado de tal manera que rompan el marco
planteado en el Contrato de Seguros. El tema es tan importante y fuente de
tantas interpretaciones que merece una entrada al detalle.
Conclusión
La cruda
implica un riesgo al manejar por las condiciones de cansancio y deterioro de
las funciones intelectuales, sin embargo, en México la autoridad no ha tomado
cartas en el asunto. Por su parte, los excesos en la ingesta de alcohol sí
provocan pérdida de beneficios en los contratos de seguros, en especial,
resulta inadmisible que los conductores de vehículos comerciales manejen
embriagados. Así, ya lo saben… si toman no manejen.
NOTAS:
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