Por Carlos Valdés Martín
Los seguros de Gastos
Médicos Mayores son muy útiles, aunque
también son cuestionados debido a anécdotas en las
cuales un reclamo no procede o el cliente recibe menos que sus expectativas por
un padecimiento o medicamentos. Sin embargo, en muchos de
estos casos el rechazo es producido por pequeños
errores en el llenado de los formatos y en la presentación del caso ante la
aseguradora, por lo que conociendo éstos puntos clave podemos reducir el riesgo
de que nuestro reclamo sea rechazado.
Es falsa la noción de que
las aseguradoras hacen hasta lo imposible para evitar pagar a los asegurados. Las
Aseguradoras están DISEÑADAS PARA PAGAR siniestros, siempre que se cumpla con
sus contratos y procedimientos bajo la supervisión de la autoridad. A veces hay
personas que intentan sorprender a las Aseguradoras y, en la mayoría de los
casos, muchas personas meten reclamos improcedentes por no conocer sus pólizas…
Con todo esto no debería de extrañarnos que las aseguradoras sean “difíciles” a
la hora de procesar un reclamo.
Por más que un contrato de
seguros se denomina de “buena fe”, no por ello la Aseguradora está enterada de
que su Asegurado se enfermó y sus áreas cuentan con la documentación suficiente para
evaluar el caso. Si las áreas responsables de una Aseguradora no saben qué
sucedió y lo tienen documentado no van a actuar.
¿Y por qué es necesario
reconocer el punto anterior? Porque al hacerlo comprenderemos que toda indemnización
se basa en la confianza que se desprende de INFORMACIÓN DOCUMENTAL SUFICIENTE. Mediante
documentos los representantes de la Aseguradora conocen que los análisis se
realizaron efectivamente al paciente, que los medicamentos se compraron
porque el doctor efectivamente expidió la receta para un paciente en
particular, que realmente se realizó la cirugía y que sus resultados fueron
documentados.
Con esa información DOCUMENTADA
se cumple LA REGLA DORADA EN EL RECLAMO de los gastos médicos mayores: sustenta
correctamente con documentos tus padecimientos y no habrá mayores dificultades
con la Aseguradora.
¿Por qué esto es así? La misma Ley sobre el Contrato
de Seguro obliga a que sea el Asegurado quien sea el responsable de tal parte
en el proceso de indemnización al que los abogados le llaman “la carga de la prueba”.
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