jueves, 3 de octubre de 2019

VANDALISMO Y DISTURBIOS AMPARADOS POR SEGUROS DE AUTOMÓVILES






De nuevo los daños por vandalismo salen a la luz, afectado propiedades y personas.[1] Ante la alarmante expresión de vandalismo y disturbios nos han preguntado si esto queda amparado en el seguro de automóviles. La respuesta general es “SÍ” cuando se ha contratado Cobertura Amplia o superior a ésta.

En México, las Aseguradoras no utilizan ese término de vandalismo sino sus sinónimos, por ejemplo AXA ampara en Daños Materiales “Actos de personas que tomen parte en paros, huelgas, mítines, alborotos populares, motines o de personas  malintencionadas durante la realización de tales actos, o bien, ocasionados por las medidas de represión tomadas por las autoridades legalmente reconocidas que con motivo de sus funciones intervengan en dichos actos.[2]

En los términos y condiciones de la mayoría de las pólizas de seguros de auto, se estipula que la compañía cubrirá daños o pérdidas materiales que sufra la unidad asegurada por riesgos de actos de personas que estén en paros, huelgas, mítines, disturbios de obreros, alborotos populares o por medidas de represión por parte de autoridades legalmente reconocidas y que tengan que intervenir en estos hechos.
La protección de Daños Materiales también asiste en la reparación o indemnización por perjuicios parciales, rotura o desprendimiento de cristales.”[3]

Para Daños Materiales el deducible más usual es de 5%, pero hay diferentes contratos, por lo que está definido en las Condiciones Especiales de cada Seguro. Para Cristales se acostumbra un deducible del 20%. El Robo Parcial resulta una exclusión muy usual y pocas pólizas en el país cuentan con esa cobertura. 

Si los daños por vandalismo son inferiores al deducible contratado el daño queda por cuenta del Asegurado. 

En el muy extraño caso de que el Asegurado sea participante  de los disturbios (en el sentido de actividad cómplice y destructiva) se aplica una exclusión común de las Condiciones Generales, por tanto al vándalo mismo no se le ampara contra vandalismo. 

“Además, una vez ocurrido el acto vandálico es necesario llamar a la aseguradora lo más pronto posible puesto que se tiene un plazo para dar aviso a la compañía, y si no se respeta ese lapso, la aseguradora no responderá o la indemnización será menor.[4] En este punto, cabe señalar que en Daños Materiales lo acostumbrado y exigido por la operación del seguro es conservar el vehículo en el sitio donde ocurrió el daño, a menos que esto implique una agravación del riesgo. 

Cuando los daños son a los ocupantes merecen otro comentario detallado, para observar su operatividad o no bajo las condiciones de distintas aseguradoras, pues existen situaciones específicas bajo la sección de Gastos Médicos Ocupantes.

NOTAS

[1] Para el diccionario RAE vandalismo significa “1. m. Devastación propia de los antiguos vándalos. 2 2. m. Espíritu de destrucción que no respeta cosa alguna, sagrada ni profana.” Diría Niquito Nipongo lamentando la imprecisión del RAE ¿cómo llamar “espíritu” al más material acto de destrucción y daño, realizado en colectivo y, usualmente, bajo máscaras y capuchas? ¿Cómo señalar a los “antiguos vándalos” si cualquier atributo actual a vandalismo se refiere a los modernos depredadores urbanos, que aprovechan movilizaciones para mostrar su fea capacidad para dañar?
[2] Condiciones Generales de Automóviles AXA. Año 2019.

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